La Relación Jurídica: toda relación de derecho es un ligamen entre la norma y el destinatario “La Relación Jurídica solo es posible entre personas, es decir, entre sujetos del derecho”.
Según Miguel Reafe existen cuatro elementos de la Relación Jurídica:
A) Sujeto Activo: que es el activo o titular de la relación (Beneficiario).
B) Sujeto Pasivo: considerado así por ser el deudor de la prestación principal
C) El Vínculo de Atribuciones: capaz de ligar a una persona por otro.
D) Un Objeto: que es la razón de ser del vinculo, es decir, es aquello sobre el cual recae la relación.
Según Miguel Reafe existen cuatro elementos de la Relación Jurídica:
A) Sujeto Activo: que es el activo o titular de la relación (Beneficiario).
B) Sujeto Pasivo: considerado así por ser el deudor de la prestación principal
C) El Vínculo de Atribuciones: capaz de ligar a una persona por otro.
D) Un Objeto: que es la razón de ser del vinculo, es decir, es aquello sobre el cual recae la relación.
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